Google Ads, Meta Ads y remarketing frente a la Ley 21.719: qué debería revisar una empresa

La Ley 21.719 no prohíbe hacer marketing digital, medir conversiones ni usar plataformas publicitarias. Pero sí obliga a mirar con más cuidado cómo se recolectan, combinan, comunican y usan los datos personales en campañas.
El punto no es apagar Google Ads o Meta Ads. El punto es entender qué datos entran al sistema, qué scripts se cargan en el sitio, qué eventos se envían, qué audiencias se crean y cómo se informa todo eso a las personas.
Dónde aparece el riesgo en marketing digital
En una campaña digital pueden intervenir varios tratamientos de datos: formularios de landing pages, píxeles de seguimiento, eventos de conversión, audiencias personalizadas, remarketing, medición de comportamiento, segmentación, importación de listas, CRM y herramientas de automatización.
La ley define tratamiento de datos de manera amplia: recolectar, procesar, almacenar, comunicar, transmitir o utilizar datos personales. Por eso, no conviene mirar las campañas sólo desde la plataforma de anuncios. Hay que mirar el ecosistema completo.
Remarketing y audiencias
El remarketing funciona a partir de señales de comportamiento. Una persona visita una página, interactúa con un producto, envía un formulario o cumple una condición que luego permite volver a impactarla. Bajo la Ley 21.719, ese tipo de operación debe analizarse desde la transparencia, la finalidad, la base de licitud y la posibilidad de oposición cuando corresponda.
La empresa debería poder explicar, en términos simples, que usa herramientas de medición y publicidad para evaluar campañas, optimizar anuncios o mostrar comunicaciones relacionadas con intereses o interacciones previas.
No enviar más datos de los necesarios
Una mala práctica frecuente es enviar a herramientas publicitarias datos que no son necesarios para medir una conversión. Por ejemplo, campos de formularios, comentarios libres, identificadores internos o información sensible. El principio de proporcionalidad exige limitar el tratamiento a lo necesario para la finalidad.
El equipo de marketing y tecnología debería revisar los eventos configurados en el sitio, las variables que se activan en cada etiqueta y los datos que se transmiten a terceros. La medición debe ser útil, pero también controlada.
Campañas de generación de leads
En campañas de captación, especialmente cuando se usan formularios nativos de plataformas, conviene revisar tres capas: el texto que ve la persona, la política de privacidad asociada al anuncio y el flujo posterior del dato hacia CRM, planillas, correo o equipo comercial.
Si el dato se usa para responder una solicitud, esa finalidad debería ser clara. Si además se usará para campañas futuras, newsletter, scoring o audiencias, esas finalidades deben evaluarse y comunicarse adecuadamente.
Transferencias y terceros
Muchas plataformas de publicidad, analítica y CRM operan con infraestructura internacional. La ley exige informar, cuando corresponda, transferencias de datos personales a terceros países u organizaciones internacionales y si existen garantías aplicables. Esto vuelve importante documentar proveedores y no tratar las herramientas publicitarias como una caja negra.
Qué debería revisar una empresa
- Inventario de píxeles, etiquetas y scripts activos.
- Eventos de conversión configurados y datos que envía cada uno.
- Audiencias creadas desde el sitio, CRM o listas cargadas.
- Política de privacidad vinculada a campañas y formularios.
- Base de licitud para medición, remarketing y comunicaciones comerciales.
- Procedimiento para baja, oposición o revocación cuando corresponda.
- Accesos de agencia, equipo interno y proveedores.
- Retención de bases usadas para campañas.
Una mirada más madura del performance
La nueva ley empuja a que el performance deje de ser sólo optimización de costo por lead o ROAS. También debe incluir calidad de datos, trazabilidad, consentimiento, seguridad y minimización. Esa mirada no debilita el marketing; lo vuelve más sostenible.
La empresa que ordena su operación de datos probablemente también mejora sus reportes, reduce duplicidad de bases, evita contactos innecesarios y entiende mejor qué parte de su medición realmente aporta valor.
Este artículo tiene fines informativos y prácticos, y no reemplaza asesoría legal especializada. Última actualización: junio de 2026.
Fuentes oficiales
- Ley 21.719 — texto oficial consolidado (Biblioteca del Congreso Nacional / LeyChile)
- Ley 21.719 — publicación original en el Diario Oficial (13 de diciembre de 2024)
- Guía práctica de implementación (Secretaría de Gobierno Digital)
- Libro de informes de la Comisión Asesora Ministerial (Minsegpres)
- Estado de conformación de la Agencia de Protección de Datos (Senado)